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  Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino (PNS)
     
   
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Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino (PNS).


OBJETIVOS BÁSICOS DEL PNS Y ACCIONES A DESARROLLAR.

El PNS se dirige a la consecución de los siguientes objetivos básicos:

Dar cumplimiento a lo preceptuado en la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, especialmente, en lo referente al modelo de salvamento, a la elaboración del Plan Nacional de Servicios Especiales y al desarrollo de la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo como órgano de cooperación y coordinación entre la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas litorales, los Ayuntamientos ribereños y los restantes Órganos e Instituciones implicados.

Coordinar la actuación de los distintos medios capaces de realizar operaciones de búsqueda, salvamento de vidas humanas y lucha contra la contaminación marina, pertenecientes a diversas Administraciones, así como a Instituciones Públicas y Privadas.

Implantar un sistema de control de tráfico marítimo que cubra la totalidad de nuestras costas, mediante el establecimiento de Centros Zonales, Regionales y Locales, todos ellos bajo la coordinación de un Centro Nacional.

Potenciar los medios materiales de salvamento y lucha contra la contaminación marina adscritos a la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima y formar el personal especializado que será el responsable de la dirección y coordinación de las operaciones de búsqueda, salvamento y lucha contra la contaminación marina.

Proporcionar una herramienta de respuesta común a las Administraciones Marítima y Portuaria para mejorar las eficiencia en sus zonas de responsabilidad, evitando redundancias y optimizando los procedimientos.

El PNS será objeto de desarrollo mediante los programas sectoriales y territoriales, en cuya elaboración participarán las Comunidades Autónomas competentes y serán aprobados por el Ministerio de Fomento. Entre ellos, caben destacar los siguientes:

Programa de construcción de Centros Integrados de Control de Tráfico Marítimo, Coordinación del Salvamento y Lucha contra la Contaminación.

Programa global de equipamiento electrónico de los Centros, con objeto de controlar el tráfico marítimo y cumplimentar conjuntamente con la Telefónica de España, S. A., el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM), que obliga a los países firmantes a asegurar la cobertura de comunicaciones en sus áreas de responsabilidad.

Programa de adscripción de unidades marítimas, aéreas y equipos.

Programa de dotación de personal.

Programa de coordinación con las diferentes Administraciones Públicas sobre la base de la corresponsabilización y la dirección única estatal, impulsado institucionalmente a través de la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo.

Programa de limpieza y recuperación ecológica de aguas portuarias y espacios marítimos litorales de interés medioambiental.

Programa de instalaciones de recepción de residuos oleosos de los buques.

Programa de contingencias por derrame de hidrocarburos procedentes de buques petroleros.

Programa deformación especializada para el personal adscrito al cumplimiento del PNS.

Programas de I + D relacionados con la Seguridad Marítima y con la Lucha contra la Contaminación.

El nuevo Plan Nacional, con sus distintos programas, conformará las líneas maestras de acción política en el ámbito del salvamento de la vida humana en la mar y de la lucha contra la contaminación del medio marino desde un Planteamiento global que asume la solidaridad entre ciudadanos y territorios e incorpora las especiales características del litoral español.

Desde esta perspectiva, el Plan Nacional es el eje de acción preferente de una política estatal en un ámbito determinado y marca una: serie de pautas unitarias en coordinación no sólo con las Comunidades Autónomas litorales y Ayuntamientos ribereños, sino también en coordinación con las políticas nacionales de otros Estados y con las políticas comunitarias y universales que emanan, respectivamente, de la Unión Europea y de la Organización Marítima Internacional.

Con objeto de facilitar la consecución de los objetivos del PNS antes mencionados, la Dirección General de la Marina Mercante y la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima, en sus respectivos ámbitos, deberán desarrollar las acciones siguientes:

Ampliar las relaciones operativas entre diferentes Administraciones, Departamentos e Instituciones públicas o privadas que tengan medios materiales y humanos en la mar, en su conexión prioritaria con el sistema de protección civil, con el SCC (Sistema de Conducción de Crisis), así como con las actividades de planeamiento civil de emergencias que se desarrolla en el seno del CNPCE (Comité Nacional de Planes Civiles de Emergencia) y en concreto en el Comité Sectorial de Transportes Marítimos.

Impulsar las relaciones operativas y, especialmente, la participación de las Administraciones Autonómicas y Locales en las actividades de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación del medio marino, a fin de asegurar la debida coordinación sobre la base de una dirección estatal que mantenga, en todo momento, la cohesión del sistema. Ello significa el ejercicio conjunto de responsabilidades compartidas en esta materia, respetando el actual marco competencial.

Establecer, a nivel nacional, procedimientos específicos sobre movilización y coordinación de recursos que vinculen a los posibles Planes que puedan aprobar las Administraciones Autonómicas y Locales que tengan competencias específicas.

Proporcionar las bases operativas de actuación sectorial y territorial del Estado en materia de salvamento marítimo y política medioambiental en la mar, a través de procedimientos específicos de actuaciones que desarrollen el PNS.

Ejecutar programas de formación, adiestramiento y divulgación marítima que permitan a nuestro país estar entre los pioneros del mundo en este ámbito.

Fomentar a nivel internacional, supranacional, regional o de modo bilateral, la política de salvamento y seguridad marítima y las relaciones de cooperación y solidaridad en esta materia.

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